Notimex
El legislador por Yucatán, Renán Cleominio Zoreda señaló que se
busca salvaguardar el derecho de paciente ya actualmente, los
expedientes clínicos son propiedad de la institución y del prestador de
servicios médicos.
El senador priista Renán Cleominio Zoreda planteó reformas a la Ley General de Salud, para que los usuarios de los servicios de salud tengan derecho, en todo momento, a solicitar una copia de su expediente clínico, sin mayor trámite.
En entrevista, afirmó que se busca preservar un derecho que “no puede estar supeditado a su reconocimiento
por la vía de la interpretación legal que haga un tribunal, sino que
éste debe ser respetado por todas y cada una de las instituciones de
salud públicas y privadas del país”.
El legislador por Yucatán explicó que actualmente, los expedientes clínicos son propiedad de la institución y del prestador de servicios médicos.
Sin embargo, y en razón de tratarse de instrumentos expedidos en beneficio de los pacientes, deben conservarlos por un periodo mínimo de cinco años, contados a partir de la fecha del último acto médico, añadió Zoreda Novelo.
Sostuvo que por ello “no existen razones que justifiquen negar a una persona el acceso a su propio expediente clínico, salvo las relacionadas con el derecho a la intimidad de terceras personas y la confidencialidad de los datos asentados en los propios expedientes”.
Zoreda Novelo precisó que para acceder a esa información se tiene que solicitarla por escrito, especificando las razones para así hacerlo, y la resolución será determinada discrecionalmente por los prestadores de los servicios de salud.
Ello es “contrario a lo que establecen las leyes de Transparencia y Acceso a la Información Pública y de Datos Personales, pues los expedientes clínicos contienen datos personales sobre los cuales dichas leyes reconocen el pleno acceso de su titular sin justificación alguna”, agregó.
El senador priista indicó que la iniciativa fue turnada por la Comisión Permanente a las Comisiones de Salud y de Estudios Legislativos, Primera del Senado.
Expediente electrónico médico
El legislador por Yucatán explicó que actualmente, los expedientes clínicos son propiedad de la institución y del prestador de servicios médicos.
Sin embargo, y en razón de tratarse de instrumentos expedidos en beneficio de los pacientes, deben conservarlos por un periodo mínimo de cinco años, contados a partir de la fecha del último acto médico, añadió Zoreda Novelo.
Sostuvo que por ello “no existen razones que justifiquen negar a una persona el acceso a su propio expediente clínico, salvo las relacionadas con el derecho a la intimidad de terceras personas y la confidencialidad de los datos asentados en los propios expedientes”.
Zoreda Novelo precisó que para acceder a esa información se tiene que solicitarla por escrito, especificando las razones para así hacerlo, y la resolución será determinada discrecionalmente por los prestadores de los servicios de salud.
Ello es “contrario a lo que establecen las leyes de Transparencia y Acceso a la Información Pública y de Datos Personales, pues los expedientes clínicos contienen datos personales sobre los cuales dichas leyes reconocen el pleno acceso de su titular sin justificación alguna”, agregó.
El senador priista indicó que la iniciativa fue turnada por la Comisión Permanente a las Comisiones de Salud y de Estudios Legislativos, Primera del Senado.
Expediente electrónico médico